miércoles, 18 de junio de 2014

EL CASO DE LOS TALLERES DE EMPLEO Y LOS FONDOS DE DIPUTACIÓN APROBADOS:


Por último, el tercer canal de aplicación se destina a operaciones de tesorería a corto plazo, con un periodo máximo de devolución de once meses a partir de la concesión, siendo esta última la opción a la que pueden recurrir los ayuntamientos sevillanos afectados por la demora de las subvenciones autonómicas comprometidas para las nóminas y recursos de los talleres de empleo, escuelas taller y casas de oficio promovidas por tales consistorios con cargo a fondos gestionados por la Junta de Andalucía.


Se trata, de cualquier modo, de anticipos “sin devengo de intereses” otorgados “a cuenta de los recursos que hayan de recibir los ayuntamientos por recaudación de sus ingresos”, porque su reintegro será canalizado a través del Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (Opaef). A la hora de los requisitos necesarios para acceder a estos anticipos reintegrables sin intereses, para las dos primeras líneas son necesarios aspectos como la aprobación consumada del presupuesto de 2014 “con ahorro neto positivo” y de la liquidación del presupuesto de 2013, así como registrar un nivel de deuda inferior al 75 por ciento incluida la operación solicitada.


En cuanto a la tercera línea de anticipos, se requiere la aprobación del presupuesto de 2014 y que el total de operaciones de tesorería vigentes, incluyendo la solicitada, no supere el 30 por ciento de los recursos liquidados en 2013.

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